Micelio
Auto1 de febrero de 2023

A- de 2023

Ponente Diana Constanza Fajardo Rivera

Demandante De Oficio Procesado Epiayu Epiayu Gaspar·Demandado Epiayu Epiayu Gaspar

Tema · dato duro
Inexistencia De Conflicto De Competencia Entre Jurisdicciones-Incumplimiento Del Presupuesto Subjetivo
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones propuesto por el Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Riohacha.

La controversia se dio con ocasión de un proceso penal adelantado por los delitos de fabricación, tráfico y porte de armas, explosivos, municiones de uso restringido y privativo de las fuerzas armadas; y de fabricación, tráfico y porte de armas de fuego o municiones, en contra de un miembro de la Comunidad Indígena de Marahuyén.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena determinó que no se cumple el presupuesto subjetivo para la configuración de un conflicto de jurisdicciones, puesto que, no existe una manifestación de la Jurisdicción Especial indígena sobre la competencia del proceso en cuestión.

Con base a lo anterior, la Corte decide declararse inhibida y remitir el expediente al Juzgado Primero Penal del Circuito Especializado de Riohacha, para lo de su competencia, y para que comunique la presente providencia a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. Primero. Declararse INHIBIDA para pronunciarse sobre el asunto de la referencia, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva.
  2. Segundo. REMITIR el expediente CJU-3201 al Juzgado
  3. Primero. Penal del Circuito Especializado de Riohacha, para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.